El paso de los años y el conocimiento de la problemática consolidaron nuestra propuesta, que se volvió más compleja y que fue generando un modo de hacer y de pensar distintas actividades junto a niños, niñas y sus familias con la meta de lograr la restitución de derechos vulnerados y la promoción de condiciones de dignidad y felicidad para cada niño, niña y su familia.

Campaña de Lazo Blanco 2009-Hombres que dicen No a la violencia

La Campaña del Lazo Blanco (WRC) es el esfuerzo más grande de hombres en el mundo trabajando para terminar con la violencia contra las mujeres. Esta Campaña tiene como objetivo estratégico CONSEGUIR UN CAMBIO EN EL MODELO DE RELACIÓN SOCIAL entre hombres y mujeres, fundamentalmente en el ámbito afectivo, para avanzar en la consolidación del derecho de ciudadanía de las mujeres. Te alentamos a que apoyes actividades del Lazo Blanco en tu comunidad:

Acuerdos fundantes de los hombres participantes:

  • Renuncio a toda forma de violencia hacia las mujeres y me comprometo a establecer relaciones igualitarias con las mujeres y otros hombres.
  • Me comprometo a romper el silencio y la complicidad con otros hombres que actúan violentamente contra las mujeres.
  • Me comprometo a no ejercer violencia alguna contra niños, niñas y jóvenes, denunciando toda situación de abuso o mal trato hacia ellos y ellas.


Acciones que me comprometo a acompañar.

  1. Entregar este manifiesto a otros hombres e instituciones y coméntalo.
  2. Buscar adhesiones y formas de difundir este manifiesto a través de carteles, folletos o cualquier otro medio.
  3. Organizar actividades que apoyen la no-violencia hacia la mujer en: tu casa, escuela, trabajo o grupo de amigos, en especial durante la última semana de noviembre.
  4. Colaborar con las iniciativas de otros grupos o instituciones a favor de la no-violencia a las mujeres, niños niñas y jóvenes.


Itinerario sugerido para los hombres en esta Campaña:

  1. Escuchar a las mujeres ... aprende de ellas.

El camino comienza con escuchar.¿Quién conoce mejor la violencia contra las mujeres que las mujeres que la experimentan? Los estudios nos dicen que en la mayoría de los países, del 50 al 100 por ciento de las mujeres han experimentado violencia en alguna de sus formas explícitas o implícitas.

Aprende de la violencia preguntando a una mujer que confíe en ti, cómo la violencia ha afectado su vida. Después, si ella se siente cómoda hablando de ello, siéntate y escúchala. Tu papel no es averiguar detalles, ni cuestionar si algo la debería haber molestado o no. Tu papel es escuchar. Simplemente confía en que si ella dice que algo la hiere, entonces efectivamente la hiere. Después, visita las organizaciones de mujeres de tu localidad. Ellas tienen una riqueza acumulada de experiencias y conocimiento. Habla con ellas. Lee sus publicaciones. Aprende de ellas.

  1. Aprende acerca del problema .

La violencia en contra de las mujeres incluye violencia física y sexual, la violación, el acoso sexual y el abuso psicológico o abuso emocional. No toda la violencia deja cicatrices visibles. La violencia emocional incluye el sometimiento regular a bromas que ofenden a la mujer, formas dominantes de conducta y acoso sexual. Todas las formas de violencia contribuyen a un temor muy real y a un sufrimiento que las mujeres de nuestra sociedad soportan. Los derechos básicos que la mayoría de los hombres disfrutan -seguridad en sus hogares, la posibilidad para salir en la noche, un trabajo libre de acoso- son una fuente de temor para las mujeres en muchas partes del mundo.

El temor es aún mayor en el propio hogar de las mujeres. Un mito común es que la mayoría de la violencia es cometida por extraños. De hecho, las mujeres corren mayores riesgos con los hombres que mejor conocen -esposos, novios, padres, familiares, empleadores y en general cualquier hombre que supuestamente tome cuidado de ellas.

La mayoría de los hombres aman y se preocupan por las mujeres y, aún, en números alarmantes cometen actos de violencia en contra de las mujeres que dicen amar. Este fenómeno ocurre en todo el mundo, entre los ricos, los pobres, la clase media y entre hombres de todas las nacionalidades, religiones y razas.

3. Aprende porque algunos hombres son violentos.....

Los hombres no son naturalmente violentos. Han existido sociedades sin violencia o casi sin violencia. Estudios del siglo pasado han encontrado que casi la mitad de las sociedades tribales estudiadas prácticamente carecían de violencia en contra de la mujer, de los niños o entre los hombres. Más aún, hoy en día en muchos países, la mayoría de los hombres no son físicamente violentos. La violencia es algo que algunos hombres aprenden. La violencia del hombre es un resultado de la manera en que los hombres aprenden a expresar su masculinidad en sus relaciones con las mujeres, los niños y otros hombres. Muchos hombres aprenden a pensar en el poder como la habilidad para dominar y controlar a la gente y al mundo que les rodea. Esa forma de pensar hace que el uso de la violencia sea aceptable para muchos hombres.

La mayoría de los actos individuales de violencia son un intento patético por ejercer control sobre las mujeres, los niños y otros hombres. Paradójicamente, la mayoría de los actos violentos por hombres son un signo de debilidad, inseguridad y falta de auto-estima combinada con una capacidad para la dominación física o verbal y con un sentimiento de que ellos deberían ser superiores y estar en control.


4. Usa el Lazo Blanco.

El cambio ocurrirá si cada uno acepta su responsabilidad personal de asegurar que éste suceda. Como hombres que nos preocupamos acerca de las mujeres en nuestra vidas, podemos tomar responsabilidad en asegurar que las mujeres vivan libres del temor a la violencia.

Cada año, hombres alrededor del mundo están usando un lazo blanco desde el 25 de Noviembre, el Día Internacional de la Erradicación de Violencia en Contra de la Mujer, por una o dos semanas.

Usar un lazo blanco es tu promesa personal de nunca cometer violencia en contra de la mujer. Es una promesa personal de no condonar los actos de violencia, de no tener excusas para los perpetradores de la violencia y de no pensar que la mujer "la pide."

Es una promesa de no permanecer en silencio.


Legislación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes en Argentina: a 20 años de la Convención.

En la Argentina más de la mitad de los niños y adolescentes son pobres y, la mayoría de ellos vienen de familias cuyos padres nunca han trabajado, o lo han hecho en forma precaria sin estabilidad y sin relación con el mercado formal de la economía. Las consecuencias e impacto de esto sobre la subjetividad de las personas, son devastadoras. Robert Castel lo describe en términos muy claros cuando dice: “La inseguridad social no solo mantiene viva la pobreza. Actúa como un proceso desmoralizador de disociación social,....disuelve los lazos sociales y socava las estructuras psíquicas de los individuos...Estar en la inseguridad es no poder dominar el presente ni anticipar positivamente el porvenir’”.

Esta es la realidad social y económica por la que transita la infancia vulnerable en la Argentina. En el ámbito legislativo se sancionó en el 2006 la ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes Nº 26.061, cuyos supuestos básicos se sostienen en la Doctrina de la Protección Integral, es una Ley que intenta ser superadora del modelo de patronato y de la mirada del niño y niña como objeto de protección, situándolos como sujetos de derecho.

Sin embargo, la nueva ley plantea una institucionalidad completamente diferente a la que ha funcionado durante más de un siglo, las estructuras burocráticas, oficiales, judiciales y la mirada social, parecen estar “programadas” según el modelo paternalista y de control social de la infancia pobre que es el que ha funcionado hasta ahora. La implementación de políticas basadas en esta nueva legislación no significa hacer más de lo mismo con otro discurso, sino que supone una transformación profunda en las relaciones del Estado, las instituciones y los adultos con los niños y adolescentes.

La nueva ley y su reglamentación vienen a ser nuevas reglas del juego que delimitan diferentes roles y espacios en los que el Estado y Sociedad debemos movernos con respecto a la Infancia y Adolescencia, en este sentido, se hacen necesarias algunas puntualizaciones:

1.- El colectivo de niños, niñas y adolescentes no pueden estar ajenos a la puesta en marcha de la nueva institucionalidad requerida para el efectivo cumplimiento de la protección integral de sus derechos.

2.- La protección integral necesariamente implica la incorporación de una mirada en clave de complejidad, esto quiere decir que las nuevas reglas de juego deben aceptar nuevos actores y dispositivos que comprendan esa complejidad y actúen en consecuencia.

3.- Reclama reconocer que el desconcierto y la incertidumbre que cada vez más se va apoderando de los adultos en estas nuevas relaciones, no pueden resolverse con las mismas herramientas de principios de siglo. Las intervenciones deben comprometer modelos flexibles e interactivos de relación entre los niños, las familias y las instituciones que permitan dar cuenta de la heterogeneidad de situaciones y obstáculos que se presentan en la vida cotidiana de los niños y sus familias y puedan procesar con rapidez y eficacia sus demandas y necesidades, incluyendo su punto de vista en los aspectos que les concierne. Todavía, hay mucho trabajo por hacer.
Elena Durón
P.E.T.I.S.O.S.

Queremos crecer sin secretos que duelan

La Red de Mujeres de La Matanza coordina el proyecto Construyendo Ciudadanía, financiado por UNIFEM (Fondo de Desarrollo de Naciones Unidas para la Mujer) y entre sus acciones esta la campaña contra el abuso sexual infantil “Quiero crecer sin secretos que duelan”.

Esta iniciativa articula con el Premio Nacional “Arturo Jauretche” a la Investigación Acción Participativa, Ministerio de Desarrollo Social - Presidencia de la Nación, a través del proyecto “Comunicadoras en Red por la no violencia hacia la Mujer".
Debido a las crecientes denuncias sobre abusos en el Partido de La Matanza, tomamos la iniciativa de realizar esta campaña que tiene por objetivo sensibilizar a la población local sobre la problemática e iniciar un ciclo de foros, talleres y producir materiales educativos para trabajar en la prevención del abuso sexual infantil y contribuir a revertir esta situación favoreciendo a que las niñas y los niños crezcan sin secretos que duelan.


Coordinación técnica y operativa del proyecto:

casarozachazarreta@gmail.com

www.encontradelabusosexualinfantil.blogspot.com

19N:No al Abuso Sexual Infantil

Desde A.S.I. NO, proponen para este 2009 que se declare "en cada rincón de nuestra patria" el 19 de noviembre como Día Nacional de Prevención del Abuso Infantil, para ello están difundiendo desde marzo, en las legislaturas provinciales y los concejos deliberantes, el proyecto de ley se adjunta. A.S.I. NO desea fervientemente lograr el objetivo, para ello “necesita de todos ustedes”. La organización invita a los "internautas" a que ayuden a prevenir el abuso sexual infantil colocando en sus páginas web, blogs, personales o institucionales uno de sus banners (disponibles en la página de A.S.I. NO) “Seguimos encintando de blanco todos los buenos corazones en contra del abuso sexual infantil y en apoyo a las víctimas. ¡Vamos por más!”.

Sras. Legisladoras
Sres. Legisladores

De nuestra Mayor Consideración,

En el marco de nuestra Campaña A.S.I. NO (Abuso Sexual Infantil NO) nos hemos propuesto para este año 2009 que en cada rincón de nuestra patria se declare el 19 de noviembre como Día Nacional para la prevención del abuso contra los niños, niñas y adolescentes.

Resulta también indispensable el cumplimiento en todo nuestro país y vuestro compromiso con la Ley 26.061, de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Para ello les solicitamos que en sus respectivas legislaturas/concejos adhieran a la Ley Nacional: 26.316/ 2007 que ya ha instituido el 19 de noviembre como tal.

El año pasado hemos logrado que lo hiciera la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ley 1915, media sanción en la Provincia de Buenos Aires y proyectos similares están siendo tratados en legislaturas de todo el país.

Afectuosamente,

Lic, Mónica Laura Creus Ureta
www.abusosexualinfantilno.org

BORRADOR PROYECTO DE LEY

Articulo 1,- Institúyase el día 19 de noviembre de cada año como “Día para la prevención del Abuso en niños, niñas y adolescentes “en el ámbito de …, con el objeto de reconocer y difundir esta problemática social.

Artículo 2.- A los efectos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 1º de la ley, el Gobierno de………propiciara acciones de concientización y difusión sobre esta problemática.

Articulo 3.-Se dispondrá a los fines de la presente ley, la realización de actividades de divulgación y promoción dirigidas a los niños, niñas y adolescentes sobre sus derechos a una vida sin abusos ni violencia.

Articulo 4.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS:

A.S.I. NO (Abuso Sexual Infantil NO), promueve en la República Argentina, desde su fundación, la iniciativa de la Fundación “Cumbre Mundial de La Mujer” (FCMM) que declaró el 19 de Noviembre como el día mundial para la prevención del abuso infantil. La fecha del 19 de noviembre fue elegida por la (FCMM), un día antes del 20 de noviembre, Día de los derechos de los Niños para poner en evidencia el problema de los abusos en perjuicio de la infancia.

La Convención sobre los Derechos del Niño incorporada en la Constitución Nacional y ratificada por Argentina en 1990 considera a todos los niños, niñas y adolescentes sujetos de derecho.

Este documento, configura el horizonte al cual deben apuntar los esfuerzos de las políticas públicas y el accionar de la sociedad en temas que afectan a las personas menores de 18 años.: establece en su Art.19 que…" los estados partes adoptaran todas las medidas legislativas, administrativas sociales y educativas apropiadas para protege a los niños contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual".

Se debe diferenciar el “abuso” de otras maneras en que un niño puede ser dañado, enfatizando que el abuso es un hecho que proviene de una persona más grande, fuerte o con mayor autoridad, sobre quien el niño/adolescente no tiene control.

Todas las formas de maltrato producen en los niño/as/adolescentes daños variables en función de diversos factores, especialmente la intensidad con que se ejercen y su persistencia en el tiempo, pero siempre significan un atentado contra su vida y su salud afectando su desarrollo integral y dejando secuelas en su futuro personal.

El Abuso Infantil produce trastornos físicos y/o mentales en los niños, y les impide el desarrollo normal.

Aún cuando el niño/a/adolescente no lo registre como dañino, el Abuso Infantil es siempre un hecho traumático y provoca mayores o menores perturbaciones en el desarrollo psicofísico del infante y del adolescente, muchas de las cuales se hacen evidentes recién en la edad adulta.

Los trastornos que produce el abuso pueden manifestarse de distintas maneras: en el aprendizaje, en la conducta, en la sexualidad, psicosomática, y/o corporal, en la deserción, en el fracaso escolar, en conductas delictivas, etc.

Madres/padres, docentes y miembros de organizaciones de la sociedad civil, debemos utilizar todas las herramientas a nuestro alcance para evitar el abuso infantil, y además difundirlas, para que cada uno de nosotros desempeñe el papel que tiene en la prevención y en poner fin a esta situación.

La sociedad civil, la escuela y los medios de comunicación son tres actores fundamentales para actuar en contra y en la prevención del abuso hacia los niños/as/adolescentes.

Debemos incentivar métodos adecuados de crianza y educación que ayuden al desarrollo de la autoestima en los niños/as/adolescentes

Debemos enseñar desde muy temprana edad a los niños/as que su cuerpo es de ellos/as y de nadie más y que nadie lo toca sin su permiso.

A identificar sus partes íntimas.

Que los secretos que se guardan son siempre de cosas lindas que si alguien les pide que guarden un secreto de una cosa fea lo tienen que contar enseguida.

Que el respeto hacia los mayores no implica obedecer ciegamente.

En síntesis, educarlos/las en el ejercicio de sus derechos


El presidente electo de Uruguay defendió trabajo infantil con control de padres

La fórmula del Frente Amplio, integrada por José Mujica y Danilo Astori, estuvieron este domingo en el programa Uruguay Decide en Canal 4, donde el presidenciable insistió en regular el trabajo infantil y aseguró que su gobierno no vetará la despenalización del aborto.

Dijo que defenderá el trabajo para los menores con el control de sus padres.

“Yo voy a defender en este país que un gurí puede ir a buscar los terneros con un matungo con 12, 13 años, eso es lo que voy a defender. No hablé del trabajo fabril, asalariado ni nada por el estilo. Estoy defendiendo que un gurí pueda trabajar con el padre y la madre en ciertas cosas. Llevamos la cosa al extremo de que no puede (...) La ley de 8 horas, sé que hay lugares rurales que no se está cumpliendo... Vamos despacio, tendremos que comprender, pero tiene que haber una cierta reglamentación cuál es el trabajo infantil que se puede hacer y cuál no. Yo creo que un gurí de 14 años no puede trabajar ocho horas, no debe porque no tiene tiempo para estudiar y para jugar. Pero tampoco apuntemos de que se pueda ganar algún mango porque si no, ¿qué hacemos?, ¿qué educación le estamos dando? ¿Qué queremos?, una florcita... Que el tipo vaya aprendiendo a ganarse un mango me parece bárbaro”, declaró Mujica.

Cae en Argentina red internacional de pedófilos

Una organización de pedófilos que operaba en Argentina y otros países fue desbaratada por la Policía Federal en 33 allanamientos simultáneos , donde se secuestró más de 10.000 imágenes pornográficas con niños y bebés, registró a sus poseedores y demoró a seis personas para su identificación.

Fuentes policiales y judiciales dijeron que los procedimientos, en los que también incautaron videos utilizados por la banda de conexión virtual, apuntaron a "recolectar elementos de prueba" para la causa, iniciada el año pasado.

Seis personas fueron demoradas para su identificación en los procedimientos que se realizaron en Bahía Blanca, Paraná, Neuquén y Mar del Plata, precisó una alta fuente policial. Los cuatro allanamientos que se realizaron en la Ciudad de Buenos Aires y los 29 exhortos dispuestos por el Juzgado Nacional Criminal número 5 para el resto del país surgen de una causa que se inició en enero de 2008.

"La intensa pesquisa comenzó a raíz de una comunicación de Interpol originada en Brasil sobre una red de pedofilia que involucraba a usuarios de Argentina, Brasil, Chile, Perú, República Dominicana, Colombia, España y México", dijo el comisario Domingo Prata, de la División Delitos en Tecnologías y Análisis Criminal de la Superintendencia de Investigaciones Federales.

Tras la pesquisa, el juzgado dispuso cuatro allanamientos en la Ciudad de Buenos Aires y se libraron exhortos para hacer lo mismo en domicilios de Sarandí, San Martín, General Pacheco, González Catán, Moreno, La Lucila, Lomas de Zamora y Caseros. El resto de los allanamientos se realizó en Gonnet y en San Pedro, Mar del Plata y Bahía Blanca, También en Chaco, Mendoza, Misiones, Entre Ríos, Córdoba, Santa Fe y Neuquén.

Detalles del fallo por distribución de pornografría infantil en Bariloche


El Juez GAIMARO POZZI imputó a RICARDO RUNGE LA COMISION DE CINCO HECHOS A SABER:

Primero: Haber divulgado y distribuido desde el domicilio de calle San Martín 285 de esta Ciudad, el 4 de abril del 2008, entre 13:14 y 13:47 pm (horario de verano australiano GMT 11hs.), mediante el nombre de usuario Stormy39-Google Hello User ID 2425147, email asociado con el nombre de usuario mariela35ar2001@yahoo.com, mediante la cuenta llamada "bronzer181"(Google Hello ID2727936), durante una conversación vía internet con un agente de la Policía Federal de Australia con sede en Brasilia, República de Brasil, mediante la dirección de IP 190.49.60.148 de Telefónica Argentina, imágenes pornográficas de menores de 18 años. ."

Segundo: "Haber divulgado y distribuido a terceros un total de trescientos ochenta y ocho (388) archivos de material pornográfico (fotografías y videos) donde se observan menores que no habían cumplido todavía 18 años de edad, realizando actividades sexuales explìcitas o exhibiendo sus genitales con fines predominantemente sexuales. Tales acciones las realizó en esta Ciudad, desde su domicilio sito en calle San martín 285, entre el 16 de diciembre de 2008 y el 1 de julio de 2009, a traves del servicio de internet que le prestó la firma Speedy.

Tercero: Haber facilitado a terceros un total de ciento noventa y seis archivos de material pornográfico (fotografías y videos) donde se observan menores que no habían cumplido todavía 18 años de edad, realizando actividades sexuales explìcitas o exhibiendo sus genitales con fines predominantemente sexuales.Tales acciones las llevó a cabo en su domicilio de calle San Martín 285 de esta Ciudad, entre el 16 de diciembre de 2009 y el 1 de julio de 2009, a traves del servicio de internet que le prestó la firma Speedy, mediante las computadoras PC Biswal, PC Clon y PC NOTEBOOK secuestradas en su casa, según el detalle indicado en los anexos Nº 2 (PC NOTEBOOk, PC CLON y PC BISWAL) donde se detallan: el usuario local, el usuario remoto (a quién se facilitó el link), fecha y hora de la comunicación, la direcciòn o link que se facilitó al tercero para que este accediera al material pornográfico y donde además se realiza una descripción del material".

Cuarto: Haber facilitado a terceros archivos de material pornográfico (fotografías y videos) donde se observan menores que no habían cumplido todavía 18 años de edad, realizando actividades sexuales explìcitas o exhibiendo sus genitales con fines predominantemente sexuales. Tales acciones las llevó a cabo en su domicilio de calle San Martín 285 de esta Ciudad, entre los meses de diciembre de 2009 y julio de 2009, a traves del servicio de internet que le prestó la firma Speedy, mediante las computadora PC Biswal que fue secuestrada en su casa.

Quinto: "Haber almacenado con fines inequìvocos de distribuciòn, durante el perìodo comprendido entre el 16 de diciembre de 2008 y 1 de julio de 2009, en su domicilio de calle San Martìn 285 de esta Ciudad, en las computadoras que fueron secuestradas allí (PC CLON, PC BISWAL y NOTEBOOK), en los Pendrive, y en los CD secuestrados, la cantidad de cuatro mil cincuenta imàgenes (4050) y cientos treinta y tres videos (133), pornográficos donde se observan menores que todavía no habían cumplido 18 años de edad, realizando actividades sexuales explìcitas o exhibiendo sus genitales con fines predominantemente sexuales. Según los detalles realizados en los anexos Nº 4 (PC CLON Y BISWAL, FOTOS PENDRIVES, PC CLON, BISWAL Y PENDRIVES VIDEOS, CD/DVD VIDEOS, CD/DVD FOTOS) donde se puede observar: ubicaciòn nombre del archivo, tamaño, fecha y una breve descripciòn de la foto o del video."

El imputado Runge prestó declaración indagatoria ante el Juez Gaimaro Pozzi en presencia de su abogado defensor Dr. Omar Costa.

ANTECEDENTES

Se dió inicio a esta causa judicial cuando la "División Asuntos Internacionales del Departamento Interpol" en el marco de una investigación realizada en relación a pornografía infantil por internet, detectó "proveedores" en nuestro país, ante lo cual se caratuló las actuaciones "Distribución de Pornografía Infantil a través de Internet".

Posteriormente se da cuenta que Interpol Londres en el marco de otra investigación por distribución de pornografía infantil por internet había determinado que a través del sitio www.hello.com el mismo usuario stormy39 asociado a la cuenta mariela35ar2001@yahoo.com había enviado imágenes de menores sexualmente expuestos, circunstancia que coincidía con lo investigado por la Policía Federal Australiana. Ante ello se dispuso iniciar nuevas actuaciones por la comunicación de Interpol Londres.

Consta en el expediente que a través de las IP utilizadas para entablar la conexión a internet, la Policía Federal solicitó a la empresa Telefónica los datos particulares de la conexión.

En el acta obrante en la causa consta que no pudo abrirse la carpeta stormi39 Gilliam proveniente de Interpol Londres, pero si otras a ser: stormy39 y stormy39 Argentina en las cuales se encontró imágenes de pornografía infantil .

Luego de realizar diversas diligencias la prevención logró que Telefónica informara: que una de las IP indicadas correspondía al usuario Nilda A Dominguez ,consignandose su documento de identidad, asociada a Speedy 2944 423387 y con domicilio en calle San Martín 285 de esta Ciudad.

A partir de esa información la Fiscalía actuante por entonces, solicitó investigar los diversos domicilios aportados por Telefónica, constatándose el de los aquí imputados .

En la investigación, un Oficial Principal de la Policía Federal Argentina, prestó declaración testimonial ante el Sr. Fiscal Dr.Martín Niklison y sostuvo que Interpol Australia había informado que desde el mail mariela35ar2001@yahoo.com se estaría distribuyendo material pornográfico. Ante ello y dado que el IP utilizado era 190.49.60.148. Se iniciaron tareas a fin de determinar quién había utilizado el mismo, indicando Telefónica que dicho IP correspondía a Nilda Dominguez con domicilio en Avda. San Martín 285 Bariloche. Aclaró el oficial que se habían investigado otras IP pero que las mismas no correspondían a los hechos en cuestión.

El Sr. Fiscal solicitó la incompetencia del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 46 y la remisión de la causa a esta Jurisdicción. El pedido fue cursado favorablemente por el titular del Juzgado, Dr. Guillermo A Carvajal .

Radicados los autos ante este tribunal, el Sr. Agte. Fiscal requirió instrucción

El Juez Gaimaro Pozzi dispuso el allanamiento del domciilio de calle San Martín 285 de esta Ciudad, en el cual se secuestró: 1): 1 CPU Gabinete marca Biswal, microprocesador AMD ATHLON TM 64x2 Dual Core; 2,6 Ghz; 1,87 GB Ram, Disco rígido de 18,6 GB, Sistema Operativo Windows XP .2): 1 CPU Gabinete sin marca visible, color blanco, microprocesador AMD Duron 950 Mhz, 480 MB Ram, Disco Rígido con dos particiones de 12,6 y 24,5 GB, Sistema Operativo Windows XP. 3): 1 PC Notebook, marca OLIVETTI, modelo Olibook, microprocesador Core2 Duo T5550, 1,83 Ghz; 2 GB Ram, Disco Rígido de 232 G, Sistema Operativo Vista Home Basic. 4): 1 Pendrive marca Kingston, DataTraveler de 2GB. 5): 1 Pendrive marca Kingston, 1GB. 6): 1 Pendrive marca Kingston, 04 GB. 7): 65 CD y 16 DVD.

Existen constancias en la causa que consigan que durante el allanamiento el imputado RICARDO RUNGE intentó esconder el pendrive marca Kington color negro de 4gb que tenía material pornográfico almacenado .

Posteriormente y a fin de avanzar en la investigación el Magistrado actuante ordenó al Oficial Luciano Hector Verbeke y al Cabo Joaquín Abel Gonzalez peritar los elementos secuestrados, y se ordenó la interceptación y apertura de todas las casillas de correo que hubiesen operado a través de las computadoras secuestradas, sin perjuicio de lo cual, se indicó en las respectivas resoluciónes la designación de cada una de las cuentas en particular. Posteriormente y a través de un nuevo allanamiento se secuestró en casa de los imputados otras computadoras y elementos técnicos que permitían la conexión de internet en la vivienda.-

ELEMENTOS PROBATORIOS

El Magistrado, al momento de dictar la resolución , ha valorado diversos elementos probatorios:

Testimonios, antecedentes remitidos por Policía Federal,Informe del El Perito Mohuanna Dayer H. Karim

dictámen pericial que obra por cuerda, que indica que en las computadoras y demás soportes secuestrados en el domicilio de los imputados se encontró abundante material pornografico infantil.Se constató la presencia de material pornográfico infantil en (28) veintiocho CD y DVD, los cuales fueron rotulados desde el número 01 al 28.

El material pornográfico infantil hallado en las distintas computadoras se grabó el mismo en tres (03) DVD's que corren agregados con la correspondiente identificación. Con la totalidad de los archivos hallados el personal informatico de la Policìa de Rio Negro, confeccionó planillas de Excel , en la cual se discrimina el nombre y la ubicación de los archivos encontrados, como así un una breve descripción de su contenido.-

Se pudo determinar que en la casa de los prevenidos la conexión a Internet se realizaba mediante una puerta de enlace residencial, tipo MODEM provisto por la empresa SPEEDY de Telefónica de Argentina,

Se determinaron además què páginas fueron visitadas en Internet, se verificò el historial de navegación, las carpetas favoritos y el caché de video de Internet Explorer, de la PC Biswal, y se confeccionò un archivo de Word con un total de 386 (TRESCIENTAS OCHETA Y SEIS) páginas y se grabò su contenido en el DVD rotulado con el Numero 1-S12090203 y el archivo con la denominación Capturas Pantalla.doc

De acuerdo a lo expresado por el Magistrado en su Resolución , "...los hechos se encuentran probados principalmente a través del informe realizado por los peritos. Ellos pudieron detectar las comunicaciones en las cuales se envió material pornográfico infantil, aquellas en las cuales se suministraron los links necesarios para acceder a dichas imágenes y también hallaron los 4050 archivos de pornografía infantil almacenados por el prevenido. La tarea de los peritos además permitió al Sr. Agte. Fiscal, actuante, Dr. Eduardo Fernández, detallar los hechos en los anexos referidos en la intimación.

Además, es elemento de prueba, en relación al hecho primero, el informe realizado por la Policía Federal Australiana y las diligencias practicadas a posterior por este tribunal de las cuales ya se ha hecho referencia (allanamiento y posterior pericia)...."

En cuanto a la autoría ha dicho el Magistrado: "... si bien la línea telefónica y el servicio de internet Speedy (utilizado para la mayoría de las trasmisiones) se encontraba a nombre de Nilda Alicia Dominguez, todo indica que el autor responsable de los hechos atribuidos por el Sr. Fiscal, es Ricardo Runge. Nótese que durante el allanamiento, fue Runge quién intentó esconder un pendrive en el cual, luego se halló pornografía infantil. Por el contrario Dominguez, durante el allanamiento, le reclamó a su marido, al notar que también había pornografía en su computadora (la notebook). Ricardo Runge se comunicó desde Buenos Aires a través de la notebook, con una de las computadoras instaladas en su hogar y para entonces los envios de pornografía infantil se efectuaron solamente desde Buenos Aires. Una fotografía de Runge, agregada en la pericia, lo sitúa en Buenos Aires para esas fechas. También consta que Runge realizó un curso en Alemania, ocasión en la cual seguramente adquirió o profundizó los conocimientos de Alemán que le permitieron comunicarse en ese idioma con sus interlocutores. Otra circunstancia fundamental ha sido que solo la cuenta identificada con el nombre del imputado tiene relación con las utilizadas para enviar y recibir pornografía infantil y obviamente la misma pertenece a Ricardo Runge. Además las personas allegadas a la familia, que han prestado declaración testimonial, indicaron que solo Ricardo Runge habla alemán. Por último, el imputado ha reconocido ser quién mantenía los contactos vía internet que le fueron atribuidos y también afirmó ser el titular de las casillas de correo involucradas y del nick "stormy43". Todo ello lo indica entonces como autor responsable de los hechos imputados.

De las manifestaciones realizadas por Ricardo Runge en su declaración indagatoria surge que el mismo era perfectamente consciente de que los hechos que estaba ejecutando eran delictivos, También resulta que el imputado sabía perfectamente que al instalar el programa Ares cualquier internauta podía bajar los archivos existentes en sus máquinas y si bien afirmó que nunca lo utilizó a fin de facilitar material pornográfico, surge de la conversación registrada , que el mismo le proporcionó a una persona desconocida que utilizaba el nick "bimon", la ruta de la carpeta del programa Ares donde estaban los archivos de pornografía detallados en el informe pericial. Eso basta para descartar sus dichos.

Reconoció Ricardo Runge la conversación y los envios realizados al personal de la Policía Federal Australiana, auque aclaró que nada tuvo que ver con ello su esposa Alicia Dominguez.

Ricardo Runge afirmó que sus comunicaciones se trataron de "chateos de persona a persona" y no en una sala pública, pero ello será descartado pues Runge no pudo indicar el nombre real de las personas con las cuales se comunicaba, además de solo ver los listados de los anexos confeccionados en la Fiscalía, se puede notar que los interlocutores no fueron solamente "seis" como dijo el prevenido, sino muchísimos más y que en varias ocasiones se remitió material pornográfico a salas de "chat", sitios virtuales de acceso público.

Ricardo Runge sostuvo que no volvía a ver los documentos que recibía y que normalmente los quitaba del "Ares" grabándolos en CDs. Los peritos constataron el almacenamiento de 4050 archivos de fotos y videos de pornografía infantil. Runge indicó que tenía la compulsión de ver todo lo nuevo que le mandaban, pero aclaró que no era un "coleccionista". Entonces, si para quitarlos del programa "Ares" bastaba eliminarlos del ordenador y el almacenamiento no era para volver a verlos, inequívocamente la finalidad con la cual los conservó y almacenó en distintos soportes fue la posterior distribución de los archivos. Además permite arribar a esa conclusión el permanente envío a terceros o a salas de chat detectados por los peritos al analizar las computadoras secuestradas en el domicilio del imputado .-

LA RESOLUCION:

1. ORDENAR EL PROCESAMIENTO DE RICARDO RUNGE -de los datos de filiación certificados en autos- por estimarlo autor de los delitos de DISTRIBUCIóN, FACILITACIó“N Y TENENCIA DE PORNOGRAFÍA INFANTIL CON FINES INEQUÍVOCOS DE DISTRIBUCIó“N, que concurren materialmente, ello sin perjuicio de mantener la libertad provisional concedida oportunamente -artículo 45, 55 y 128 1er. y 2do. párrafo del Código Penal, artículos 281 y 285 del C ódigo Procesal Penal, por los hechos contenidos en su declaración indagatoria y que fueran materia de promoción de acción penal por parte del Sr.Fiscal.

2. Correr vista al Sr. Agte. Fiscal, a tenor del art. 304 del C.P.P., con respecto a NILDA ALICIA DEL CARMEN DOMINGUEZ y JOSÉ HILARIO RUNGE.

3. DECLARAR LA INCOMPETENCIA PARCIAL de este Juzgado de Instrucción para seguir interviniendo en la presente causa respecto a los hechos ocurridos en la Ciudad de Buenos Aires (art. 27 del C.P.P. de R.N.) y en consecuencia remitir testimonios de la presente a conocimento del Juzgado de Instrucción que por turno corresponda con esa Jurisdicción.

4. Librar el exhorto diplomático referido en el considerando.

Protocolícese, Regístrese, Notifíquese.

Dictaron el procesamiento por tenencia y distribución de pornografía infantil en Bariloche

A Ricardo Runge, docente barilochense, se lo consideró “penalmente responsable del delito de “distribución, facilitación y tenencia de pornografía infantil con fines inequívocos de distribución”, de acuerdo a la información suministrada hoy desde Tribunales.

El docente fue imputado en cinco hechos, entre ellos haber almacenado “con fines de distribución” 4050 imágenes y 133 videos de carácter pornográfico en los que se ven involucrados menores. Según el detalle del procesamiento, los menores de 18 años realizan prácticas sexuales explícitas o muestran “sus genitales”.

Además, se da por probado que Runge distribuyó unas 388 imágenes de menores, entre mediados de diciembre de 2008 -el 16 de ese mes- y el 1 de julio de 2009, a través de dos vías por internet: un correo de yahoo.com.ar, y el sitio www.hello.com.

El fallo del juez Gaimaro Pozzi detalla el origen de las investigaciones, que dieron comienzo a la Policía Australiana que detuvo a un hombre que almacenó material de pornografía infantil, y mantuvo contacto vía chat para organizar la distribución.

El seguimiento del IP de las computadoras vinculadas con la red de distribución de pornografía infantil permitió a la Justicia llegar al domicilio del matrimonio Runge –en la calle San Martín-, y realizar dos allanamientos en los que se secuestró el material que hoy forma parte de las pruebas que acreditan inicialmente la responsabilidad del docente barilochense.Runge permanecerá en libertad, mientras aguarda la elevación a juicio de la causa.

Agencia de Noticias Bariloche